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Blanqueo Ecológico.

La reciente Directiva Greenwashing de la Unión Europea (UE) (Directiva 2024/825), representa una respuesta legislativa crucial destinada a hacer frente al fenómeno del greenwashing y la obsolescencia programada dentro del mercado, con el imperativo de fomentar el consumo sostenible y salvaguardar los intereses de los consumidores frente a prácticas comerciales engañosas. Esta legislación se enmarca en una iniciativa de la Comisión Europea que se alinea con el Plan de Acción de Economía Circular de la UE y la Nueva Agenda del Consumidor, con el propósito explícito de cumplir con los compromisos establecidos en el Pacto Verde Europeo de 2019.

¿Pero qué es el Greenwashing?

El greenwashing es una práctica engañosa en la que una empresa o individuo pretende presentarse como respetuoso del medio ambiente sin tener acciones reales que lo respalden (afirmaciones exageradas o falsas sobre la sostenibilidad de un producto o empresa para atraer a consumidores preocupados por el medio ambiente).

¿Cuáles son los pilares de esta Directiva?

El Pacto Verde Europeo, al establecer su visión, subraya la importancia de capacitar a los consumidores para que tomen decisiones informadas y participen activamente en la transformación hacia una economía más sostenible. En este contexto, la Directiva Greenwashing se estructura en torno a tres pilares fundamentales: la capacitación del consumidor para la toma de decisiones más informadas, la erradicación de prácticas que obstaculizan el consumo sostenible y la garantía de una aplicación coherente del marco legal de protección al consumidor en toda la UE.

Para abordar estas metas, la Directiva introduce disposiciones específicas diseñadas para contrarrestar prácticas comerciales desleales que engañan a los consumidores y dificultan la elección de opciones de consumo sostenible. Estas prácticas incluyen tanto el greenwashing, como la obsolescencia programada, que reduce la durabilidad de los bienes para estimular compras más frecuentes. Por eso ahora, por ejemplo, un smartphone tiene una vida de entre 2-5 años y antes un teléfono móvil superaba con creces dicho intervalo.

¿Qué hace la Directiva para enfrentar esta problemática? ¿Cuáles son los cambios más importantes?

Pues se ha encargado de modificar tanto la Directiva sobre prácticas comerciales desleales como la Directiva sobre derechos de los consumidores de la UE. Entre los cambios más significativos, se incluyen la incorporación de nuevas prácticas comerciales desleales en la lista negra de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales, la introducción de criterios medioambientales, sociales y de economía circular para evaluar la veracidad de las prácticas comerciales, y la adición de obligaciones de información precontractual sobre reparabilidad y durabilidad de los productos.

¿Cuáles son algunas de las prácticas comerciales prohibidas?

Entre otras, las declaraciones medioambientales genéricas que carecen de sustento en evidencia relevante y reconocida, así como las afirmaciones de neutralidad o impacto positivo en el medio ambiente basadas en compensaciones de emisiones de gases de efecto invernadero. De igual modo, se prohíbe la exhibición de distintivos de sostenibilidad no respaldados por certificación oficial.

¿Y qué tipo de prácticas se prohiben respecto de la obsolescencia programada?

Pues encontramos algunas como ocultar el efecto negativo de actualizaciones de software y afirmar falsamente la durabilidad o reparabilidad de los productos. Asimismo, establece criterios para evaluar la veracidad de las prácticas comerciales caso por caso, incluyendo la consideración de afirmaciones sobre el comportamiento medioambiental futuro y beneficios irrelevantes.

¿Qué establece la Directiva para mejorar la transparencia y la información precontractual?

Con este objetivo, la Directiva establece nuevas obligaciones para los comerciantes, incluyendo la divulgación de información sobre garantías de durabilidad, reparabilidad y disponibilidad de actualizaciones de software. Asimismo, se exige proporcionar información detallada en contratos a distancia sobre procedimientos de pago, entrega y tratamiento de reclamaciones.

En definitiva, la Directiva Greenwashing de la UE representa un hito importante en la protección de los consumidores frente a prácticas comerciales engañosas relacionadas con la sostenibilidad ambiental y social de los productos. Al promover el consumo sostenible y establecer estándares más rigurosos de transparencia y veracidad en la información proporcionada al consumidor, esta legislación contribuye significativamente a la transición hacia una economía más verde y responsable.

Como ejemplo reciente, podemos ver cómo la Comisión Europea y diversas organizaciones de consumidores están llevando a cabo una investigación sobre varias aerolíneas, entre las que se incluyen Vueling y Volotea, en relación con prácticas potencialmente engañosas vinculadas a la compensación de emisiones de dióxido de carbono (CO2). Estas aerolíneas ofrecen a los consumidores la opción de pagar tarifas adicionales para compensar las emisiones generadas por sus vuelos, sin contar con una base científica sólida que avale la eficacia de dichas medidas. Ante esta situación, la Comisión Europea ha otorgado un plazo de 30 días a estas aerolíneas para presentar propuestas de solución, advirtiendo sobre posibles sanciones en caso de no abordar estas inquietudes. Este caso subraya la importancia de evitar el greenwashing y promover la transparencia en las prácticas comerciales relacionadas con la sostenibilidad ambiental.

Autor

Susana Domínguez Romero 
Jurista - Legal Advisor

Datos de contacto
 + 34 697 302 341 
 susana.dominguez@lariostreslegal.com

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